Este miércoles 23 de abril fue publicada la Ley N° 21.740, que modifica el Código de Aguas en lo relativo al procedimiento de fiscalización y vigilancia ejercido por la Dirección General de Aguas (DGA) del Ministerio de Obras Públicas (MOP). La nueva normativa apunta a agilizar los procesos, promover la corrección temprana de infracciones menores y facilitar el cumplimiento mediante notificación digital e incentivos al pago oportuno de multas.
“Estas nuevas atribuciones permitirán a la DGA agilizar sus procedimientos de fiscalización, entregando a la ciudadanía una respuesta oportuna frente a posibles infracciones. Pero sobre todo, permite a quienes incurren en pequeñas faltas enmendar el error y no ser multados”, destacó la ministra de Obras Públicas, Jessica López, enfatizando que el objetivo del ministerio no es recaudar, sino resguardar el uso responsable del recurso hídrico.
Por su parte, el director general de Aguas, explicó que el proyecto fue ingresado en diciembre de 2023, y en solo 16 meses logró los consensos necesarios para convertirse en ley. Entre los principales avances, destacó que las notificaciones podrán realizarse de forma presencial o electrónica, lo que agiliza el contacto con los usuarios.
Asimismo, la ley otorga nuevas facultades a municipios y órganos del Estado para ejecutar medidas dictadas por la DGA, como la paralización de obras ilegales.
El seremi de Obras Públicas, José Luis Hernández, detalló que se incorpora un procedimiento simplificado para infracciones cuya sanción esté entre 10 y 500 UTM, ocurran en zonas de escasez o no requieran fiscalización en terreno. En estos casos, si el presunto infractor acepta los cargos antes del vencimiento del plazo de descargos, podrá acceder a un 25% de descuento en la multa.
Otra modificación relevante permite a la DGA ordenar la paralización de extracciones ilegales de agua en zonas de escasez hídrica o cuando estas afecten el consumo humano, saneamiento o uso doméstico de subsistencia. Esta medida puede tomarse de forma preventiva, durante la tramitación del procedimiento.
En cuanto a la corrección de faltas menores, se otorga un plazo máximo de 30 días hábiles para regularizar la situación sin que se abra un expediente sancionatorio ni se aplique multa.
Finalmente, quienes sean sancionados y paguen dentro de los 9 días hábiles desde la notificación, sin presentar recursos, podrán acceder también a rebajas en la multa.
Con esta ley, el MOP busca modernizar la fiscalización, facilitar el cumplimiento normativo y fortalecer la protección del recurso hídrico, especialmente en un contexto de crisis climática y escasez de agua.